Funciones de un auxiliar de enfermería

Los auxiliares en enfermería son profesionales de la salud que centran sus funciones en asistir a otros profesionales sanitarios, como médicos o enfermeros , en el cumplimiento de sus obligaciones. Los auxiliares en enfermería y TCAE no solo se limitan a asistir las funciones sanitarias de manera estricta, sino que también incluyen el apoyo administrativo y en menor proporción la ayuda en actividades de investigación  y docencia. Esto influye en las opiniones que tiene mucha gente sobre estudiar enfermería o elegir otra profesión. Las tareas que llevan a cabo pueden llegar a ser muy diversas, al igual que sus responsabilidades.

¿En qué consisten las funciones de un auxiliar y su desempeño laboral?

funciones-del-auxiliar-de-enfermería

Las funciones de un auxiliar de enfermería o “técnico en cuidados auxiliares en enfermería” (TCAE) la cual es la denominación legal de esta profesión, se encuentran descritas en el estatuto del personal sanitario no facultativo de la seguridad social desde el 26 de abril del año 1973. Dichas funciones laborales se distinguen en los artículos 74 y 84, mientras que en el artículo 85 se describe las sanciones legales para aquellos individuos que tomen obligaciones ajenas a las estipuladas en este documento legal.

Las funciones de un auxiliar son variadas, sin embargo, vamos a resumir las funciones más importantes de un técnico especializado en los cuidados auxiliares de enfermería, en relación a los servicios y unidades donde trabajan día a día:

  1. Unidades de Hospitalización: estas son las áreas de los hospitales donde se encuentran ingresados los enfermos que necesitan de constante vigilancia médica, las funciones de un auxiliar de enfermería más destacadas dentro de estas áreas son:
    1. Hacer las camas de los enfermos y asear a los mismos en el momento que sea necesario, si existe personal especializado que se ocupa de estas situaciones como los enfermeros deben asistirlos mientras practican su labor, cuando hay auxiliares los enfermeros se encargan del aseo del paciente cuando éste requiere cuidados especializados por su estado de salud.
    2. Limpiar los materiales de curas y los carros o camillas especiales para trasladar a los enfermos.
    3. Clasificar, reponer y ordenar las lencerías de planta, por ejemplo: la ropa de cama, pijamas y batas de los enfermeros.
    4. Servir y distribuir las tres comidas principales de los enfermos, además de darles de comer a aquellos que no puedan hacerlo por sí solos.
    5. Administrar medicamentos por vía oral y rectal por indicación del personal médico facultativo.
  2. En los departamentos de obstetricia (puerperio o paritorios): algunas de estas funciones son las abarcadas por los auxiliares en enfermería:
    1. Vestir, desvestir y asear a las embarazadas que están a punto de dar a luz.
    2. Pasear a las parturientas desde sus camas hasta los pasillos cuando han sido recién operadas.
    3. Acompañar a los recién nacidos o a las enfermeras en los servicios y plantas que se hayan asignado para su permanencia, hasta que la madre se haya recuperado.
    4. Ayudar a las matronas a rasurar a las parturientas al igual que deben asistir en la aplicación de enemas.
    5. Cambiar las compresas y las ropas de las camas de las parturientas.
  3. Departamentos de radio-electrología o imagenología: las principales funciones de un auxiliar son:
    1. Ayudar al proceso de revelado, clasificación y distribución de las radiografías.
    2. Asistir en la preparación de los chasis radiológicos y aparatos de electro medicina.
  4. Laboratorios clínicos: Aunque no parezca un departamento donde se tiene contacto directo con el paciente, los auxiliares también pueden cumplir algunas funciones cómo:
    1. Tomar las muestras sanguíneas.
    2. Limpiar y ordenar el material empleado en el trabajo diario por el laboratorista.
  5. Servicios de Admisión: la principal función de un auxiliar en enfermería es acompañar a los pacientes a los servicios y plantas que se les sea asignado, a menos que necesiten ser trasladados de un lugar a otro en camillas.
  6. Servicios farmacéuticos: básicamente un auxiliar en enfermería cumple con dos funciones:
    1. Ayudar al personal de enfermería y a los auxiliares de farmacia a ordenar los medicamentos y preparados en las estanterías, además de colaborar en el transporte de los mismos, sobre todo si requieren un traslado especial. En ocasiones, debido al peso o volumen de lo que se traslada se requerirá la ayuda del celador y algún elemento mecánico, para evitar lesiones.
    2. Asistir en las relaciones de la farmacia con las unidades de enfermería y demás departamentos o servicios del centro sanitario.
  7. Unidades de rehabilitación:
    1. Asear, vestir y desvestir a los pacientes.
    2. Ayudar al personal de salud a colocar al paciente en el lugar de tratamiento.
    3. Control de las posturas estáticas de los pacientes.
    4. Limpiar y ordenar el material necesario para cualquier intervención no invasiva.
  8. Ambulatorios: En este tipo de recintos de salud las funciones de un auxiliar de enfermería son un poco más variadas:
    1. Recolección de los documentos necesarios para hacer la asistencia sanitaria a los pacientes.
    2. Recibir y orientar a los enfermos.
    3. Llevar los libros de registros, informes, volantes, etc.
    4. Preparar las ropas, ventas y demás material para curas.
    5. Ordenar el horario de visitas y distribuir a los enfermos en las diferentes áreas pertinentes según su condición física.
    6. Limpieza del material y de las vitrinas.

Funciones que no debe cumplir un auxiliar en enfermería

Como puedes notar las funciones de un auxiliar en enfermería son extensas y dependen del área en donde se encuentren laborando. Sin embargo, las enumeradas solo son las funciones básicas de este personal y deben ser siempre ejercidas sin perder de vista la razón por la cual la persona eligió este tipo de oficio, el cual es el auxilio y apoyo al resto del personal sanitario que trabaja en la misma institución de salud pública o privada. El ejercicio de esta profesión es muy gratificante, y cada vez cuenta con más reconocimiento social.

De cualquier manera esto se encuentra compensado por un buen sueldo, el cual es un incentivo más para optar por esta ocupación. Esta colaboración con el personal de salud,  tanto médicos, enfermeros, y otros profesionales sanitarios y no sanitarios, tiene un cierto límite que no debe ser ignorado. Son situaciones donde un técnico en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE) debe negar por completo la ejecución por sus propias manos, debido a que son labores totalmente incompatibles con el cuadro legal de sus funciones, tales como:

  • Administración por vía parenteral de medicamentos, es decir, por medio de inyecciones.
  • Realizar punciones, escarificaciones o demás técnicas invasivas que sean preventivas o diagnóstico.
  • Administrar medicamentos donde sea necesario el empleo de un instrumental especial o maniobras técnicas de gran dificultad.
  • Ayudar de manera directa en las consultas externas de un médico.
  • Aplicar tratamientos con fines curativos, pero no medicamentosos.
  • Realizar cualquier otra tarea que le competa al personal sanitario con títulos profesionales como: Enfermería, Fisioterapia, entre otros.

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Funciones del auxiliar de enfermería según las leyes españolas

Todas las funciones de un auxiliar de enfermería se encuentran previamente especificadas en el Estatuto del personal auxiliar de Enfermería desde el artículo 74 a 84. En el artículo 85 también se habla de las funciones de técnico en cuidados auxiliares de enfermería, pero haciendo énfasis es todas las prohibiciones que los titulados en esta profesión poseen.

El reglamento que se encarga de limitar las posibles acciones de un auxiliar es el estatuto de personal sanitario no facultativo de la Seguridad Social. Aunque los estudios de auxiliar en enfermería permiten tener trato directo con los pacientes, la actividad se considera “no facultativa”, debido a que no se estudian la cantidad de años mínima para catalogarla cómo “facultativa”, etiquetando de esta forma a los médicos y enfermeros.

Este estatuto se plasmó en la orden del Ministerio del Trabajo el 26 de abril del año 1973 y fue publicado en el BOE entre el 28 y 30 abril del mismo año. Actualmente se ha publicado el nuevo Estatuto Marco, que afecta de manera directa a todo el personal que se regula por el Estatuto del sistema nacional de salud.

Según lo establecido en la ley 55/2003 ,el día 16 de diciembre se derogan los tres estatutos vigentes hasta la fecha, exceptuando las funciones que se recopilan en el antiguo estatuto, por lo cual éstas permanecen vigentes según lo recogido en la disposición transitoria sexta de la ley número 55/2003.

Para dejar en claro cuáles son las funciones de un auxiliar en enfermería según lo que estipulan las leyes españolas, relataremos los distintos tipos de servicios que realizan:

Artículo 75

En este artículo se refleja las funciones de los auxiliares de enfermería en los servicios de enfermería, los cuales son:

  • Vestir las camas de los enfermeros, exceptuando aquellas situaciones donde gracias al estado físico del enfermero se le releva de dicha tarea, o es efectuada por otra enfermera que se encuentre de guardia. Si ese es el caso el auxiliar se limita a ayudar a los mismos.
  • Realizar la limpieza y el aseo de los enfermos, aportando su colaboración al resto de personal de Enfermería cuando las condiciones del enfermo así lo requieran.
  • Llevar las cuñas a todos los enfermos y posteriormente retirarlas, teniendo mucho cuidado a la hora de su limpieza.
  • Realizar la limpieza de los carros de cura incluyendo su material.
  • Debe encargarse de la recepción de los carros de comida y la distribución de la misma.
  • Servir las comidas a los enfermos, prestando atención a la colocación y retirada de las bandejas una vez que estos ya las hayan utilizado. Esto incluye a los cubiertos y la vajilla, queda sobre entendido que la retirada de los implementos más la bandeja de comida se va a efectuar por el personal que corresponda desde la puerta de la habitación de los pacientes.
  • Deben dar la comida a aquellos enfermos que no sean capaces de comer por sus propios medios, exceptuando aquellos casos especiales que merezcan especial consideración.
  • Ordenar y clasificar toda la lencería de planta, atendiendo a la reposición de ropas o vestuario. Para ello el auxiliar debe relacionarse con los servicios de planta y lavandería, presenciando la clasificación más el recuento de las mismas, el cual será efectuado por el personal de lavandería.
  • Tras la indicación de las enfermeras, el auxiliar en enfermería colaborará en la administración de medicamentos por vía oral o rectal. Debe quedar claro que la vía parenteral debe ser excluida de su lista de funciones. De igual manera podrá aplicar enemas de limpieza, exceptuando aquellos casos en los que el paciente se encuentra en un estado crítico.
  • El auxiliar de enfermería debe colaborar con el resto de personal sanitario en la recolecta de los datos termométricos. De igual manera deben recopilar los signos que hayan capturado su atención, los cuales deben ser transmitidos a los enfermeros.
  • El técnico de cuidados auxiliares de enfermería debe colaborar con los celadores en el proceso de rasurado de los pacientes que lo precisen para realizar una prueba determinada o una intervención quirúrgica.
  • Trasladar para poder demostrar su cumplimiento, en compañía de los celadores, las comunicaciones verbales, documentos, correspondencia y objetos que desean ser confiados por sus superiores.
  • Para finalizar el auxiliar cumple con todas aquellas actividades que generalmente no tienen un carácter profesional sanitario. Colaboran dentro del equipo para facilitar las funciones los enfermeros y los médicos.

Artículo 85

En este artículo se especifican las prohibiciones que se encuentran referidas a los auxiliares de enfermería, las cuales son las siguientes:

  • Administración de medicamentos por vía parenteral o endovenosa.
  • Escarificaciones, punciones o cualquier otra técnica especial con fines preventivos o diagnósticos.
  • Aplicación de tratamientos curativos que no tengan relación con los medicamentos farmacéuticos.
  • Administración de sustancias medicamentosas que requieran de un instrumental especializado o de maniobras peligrosas, en fin técnicas que de alguna u otra forma puedan atentar contra la vida del paciente.

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211 comentarios en “Funciones de un auxiliar de enfermería”

  1. es funcion de la auxiliar de enfermeria el transporte de estupefacientes a cada unidad de enfermeria y la posterior reposicion en los armarios de distribucion de medicamentos?

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    • Habría que concretar el país, el tipo de centro y las circunstancias que pudieran concurrir en cada situación. Hay países donde el manejo de estupefacientes es muy riguroso y exige unos controles exhaustivos, con sistemas de doble verificación, para que dos personas supervisen el proceso, firmando los registros correspondientes. Las responsabilidades tienen que estar bien definidas para evitar problemas legales. En caso de duda, es recomendable solicitar a la Dirección de Enfermería del centro una aclaración al respecto. Si la Dirección considera que es función de la Auxiliar, sería aconsejable solicitar que conste por escrito. No pueden negarse.

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  2. Cuando se actualizaran las competencias o funciones del Auxiliar de enfermerìa ? Hacemos un batiburrillo de funciones que no las quieren hacer las limpiadoras y los celadores incluso aveces somos personal de mantenimiento y estar siempre a las ordenes de enfermer@s que se creen que tienen asistentas personales
    Os recuerdo que los enfermeros dejaron de ser A.T.S no querian ser denominados ayudantes tècnicos sanitarios ,pero nosotros siempre tenemos que ser ayudantes de ayudantes .Deseo que el tiempo de uniòn de los Auxiliares este pròximo y nuestro trabajo y esfurzo este reconocido .Me gustaria que este foro sea un punto de encuentro de nuestra profesion . Saludos

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    • Si las características del servicio sanitario que se va prestar en el domicilio requieren la presencia de dos personas, la Auxiliar de Enfermería no podrá negarse. Conviene, no obstante, que la orden provenga de la Coordinadora de Enfermería del centro sanitario, para evitar enfrentamientos entre profesionales.

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    • No, es una función que corresponde al celador, aunque en algunos centros el servicio de limpieza se encarga del traslado, al menos en una parte del trayecto hasta el punto de recogida.

      Responder
      • Estas equivocada ,eso es función de la auxiliar ,léete las funciones de los celadores a ver donde dice eso .y de paso te lees las tuyas que me parece que no te las as leído.Las auxiliares al igual que los celadores dependen de la enfermera os guste o no y ésta a la vez del médico .Cada vez se le quiere adjudicar al celador muchas de vuestras funciones. Pero en fin leeros ambas funciones y saldréis de dudas .

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  3. Hola, me gustaría saber si un auxiliar de enfermería tiene que coger las constantes vitales , así como tensión arterial, saturación de oxígeno, ect?
    Trabajo en el área del despertar de quirófano cma y hasta hora los auxiliares nos encargamos de monitorizar, nos encargamos de vaciar la diuresis de los pacientes de urología intervenidos de RTU con lavado continuo.
    Contestarme quien sepa si coger las tensiones, saturación ect… compete a los auxiliares ???

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    • Pelonchi:
      Lo mejor es que te dirijas a la Dirección de Enfermería de tu centro y pidas una relación de todo aquello que entra dentro de tus funciones. Es un documento que existe, tanto para las Auxiliares, como para otros grupos profesionales. En caso de duda o controversia puedes consultar a algún sindicato. En ocasiones, algunas funciones pueden solaparse, de forma que pueden ser llevadas a cabo por diferentes profesionales. Lo que no puede admitirse de ningún modo es que las Auxiliares tengan que asumir funciones que no les corresponden debido a carencias de personal de otro grupo profesional.

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  4. Hola, una auxiliar puede hacer una aspiración de secreciones de mocos, con la máquina para ello? Por vía oral. Y todo esto habiendo enfermera. Siendo ella quien lo manda. Gracias.

    Responder
        • Depende de las ratios establecidas en cada sector de actividad (hospital público, clínica privada, sociosanitario, residencias, etc) y en qué turno debes trabajar (mañana, tarde, 12 horas, noche, etc).

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    • La aspiración de secreciones es una competencia exclusiva de las enfermeras. En ningún caso una TCAE puede hacerlo (ni en una urgencia) y mucho menos si hay una enfermera presente en el servicio o centro. Saludos!

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      • Correctisimo ,pues aún así todavía hay compañeras auxiliares que se rien y te dicen en tu cara que no…., que eso es de los celadores ,!!!ni que el celador fuera Superman¡¡¡ jajajaa .Según las funciones de enfermería dicen textualmente :
        La movilización del paciente es de la enfermera ayudada por la auxiliar de enfermería y en caso necesario ayudadas por el celador .gracias

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    • Siempre que son movilizaciones las debe realizar el celador,nosotras debemos ir con ellos para logicamente sujetar goteros,sondas o lo que sea para que no se salga,pero la fuerza la deben hacer los celadores.

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      • Los Celadores colaborarán con las Enfermeras y Aux. de Enfermería en el movimiento y traslado de los enfermos encamados que requieran un trato especial, en razón de su dolencias, para hacerles las camas, colocación y recogida de cuñas, así como para su aseo.

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      • La función de movilización es de la auxiliar y el celador tiene el deber de colaborar en la movilización, eso no es rebatible está escrito en el Estatuto

        Responder
        • llevas razón en una cosa que es deber de la auxiliar, pero eso de que es deber del celador de colaborar no es del todo correcta ,tiene el deber de colaborar siempre y cuando entre la enfermera y la auxiliar no puedan ,siempre la función del celador es :AYUDAR ,COLABORAR ,no es un lacallo vuestro como algunas pensáis ,me da lástima leer estos comentarios ya que muchos de nosotros somos auxiliares pero hemos optado por seguir de celadores ,por eso cuando leo algo así me da pena .Todos somos un equipo y todos estamos para todos y nó para cargarle lo que uno no quiere al celador .Aunque gracias a Dios hay compañeras auxiliares la gran mayoría que son estupendas compañeras ,un saludo .

          Responder
      • jajajajja que fuerte me parece esa respuesta .Tu eres la que tiene que movilizar al paciente junto a la enfermera y en caso necesario ayudadas por el celador ,léete tus funciones y las de enfermería . Que tu sólo vas a sujetar el gotero ?jajajajaj no te lo crees ni en sueños y que la fuerza la deben hacer los celadores? jajajajaj es que somos Superman jajajaa ,chica léete las funciones de enfermería .un saludo

        Responder
    • Las movilizaciones de personas dependientes es tarea y función del equipo de enfermería (enfermera y TCAE) y del fisioterapeuta. En todo caso en casos difíciles se podrá pedir la colaboración del celador el cuál no se puede negar. Saludos!

      Responder
  5. Trabajo en una unidad de hospitalización de Pediatria, mi pregunta es: Puedo poner nebulizaciones con Ventolin o SSF?
    Teniendo en cuenta que la medicación incluida en la nebulizacion la prepara y la identifica la enfermera, yo como TCAE la introduzco en la mascarilla de O2 y la adapto al niño aplicando el O2

    Responder
    • Lo ideal es que la medicación la prepare y administre la misma persona, para poder asumir todas las responsabilidades derivadas de posibles errores en la preparación y administración de dicha medicación. En muchas ocasiones no es posible, y otra enfermera o auxiliar se hace cargo de la administración de un medicamento que no ha preparado ni supervisado.
      En los países anglosajones es costumbre realizar una doble comprobación («double check»), para que sean dos personas las que supervisan la preparación de la medicación antes de ser administrada. De ese modo la persona que finalmente administra la medicación ha sido testigo de que la medicación correcta se administra al paciente correcto.
      En ese caso, no habría ningún problema para que pusieras esa nebulización.

      Responder
    • Los TCAE no tienen dentro de sus competencias el administrar medicación con inhaladores o nebulizadores. La enfermera encargada del paciente podrá delegar a un TCAE hacer esta tarea pero siempre la responsabilidad legal será de la enfermera. Saludos!

      Responder
    • La comprobación de la caducidad de la medicación puede llevarla a cabo todo el personal de Enfermería. Ahora bien, la responsabilidad última siempre corresponde a la persona que administra dicha medicación. Es decir: si una enfermera administra un fármaco intravenoso que estuviera caducado y lo ha preparado ella, toda la responsabilidad es suya.

      Responder
  6. creo que los TCAE ha cambiado, realizamos mas funciones estamos mas preparadas y seguimos preparandonos, pero siempre hay dudas sobre si la tarea que me mandan me coresponde….donde puedo mirar realmente cuales son mis funciones estoy muy interesada, ya que igual me manda a por pilas, a pedir a las plantas material, o a llevar a reciclar los toneles de impresora …. un saludo y gracias anticipada.. españa- cadiz

    Responder
    • En ocasiones las funciones pueden estar solapadas, y se pueden crear conflictos porque nos mandan cosas que deberían hacer los celadores. Ante la duda, lo mejor es consultar con un sindicato. Las funciones de las Auxiliares de Enfermería / TCAE están definidas por Ley, pero habrá casos en los que la mejor actitud es la colaboración, siempre que no nos pidan cosas que se salen claramente de nuestras competencias.

      Responder
      • Los sindicatos últimamente favorecen a la empresa
        No sé cual es el tope de mi trabajo en un Centro de Salud, nadie me lo sabe decir, hablo de los sindicatos, somos dos TCAE, una tiene la responsabilidad de la planta de arriba con sus enfermerías y consultas médicas, ambas tenemos consultas de embarazos y planificación familiar, ambas realizamos el pedido del almacén y la reposición de la misma, extracciones… Llevo además, la consulta de no demorable, cirugía menor y la toma de agua (cloro, ph y temperatura)… El control del agua y el pedido del almacén es nuestro??
        gracias
        Me encantaría saber independientemente de los sindicatos, donde podemos pedir información?
        Gracias

        Responder
        • Rafaela, las tareas que describes en tu comentario son las típicas y normales en cualquier Centro de Salud dentro de las que realizan las TCAE. Excepto el tema del control del cloro y ph del agua, que corresponde al servicio de Mantenimiento. Cualquier duda al respecto de las tareas que te corresponda hacer en tu trabajo diario puedes plantearla diréctamente a la Dirección de Enfermería de Primaria de tu Área de Salud, exigiendo que te contesten por escrito.

          Responder
  7. Buenas noches!
    No me queda muy claro el tema de las ctes, en las funciones publicadas esta claro que solo termómetro , pero leyendo los comentarios previos no me queda nada claro!!

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    • Ten en cuenta que en algunos servicios especiales, como por ejemplo las Unidades de Vigilancia Intensiva, las Auxiliares colaboran en la recolección de datos procedentes de la monitorización de los pacientes ingresados, como pueda ser, por ejemplo, la tensión arterial o la frecuencia cardíaca.

      Responder
    • En la descripción de las funciones pone que los auxiliares han de colaborar con el equipo en la toma de valores termometricos. La palabra colaborar significa que no es una función propia de este grupo profesional sino que la enfermera delega esta tarea al TCAE. Para las demás tomas de constantes hay que tener en cuenta que el texto es del año 1973 así que está totalmente desfasado tecnológicamente (en esa época la tensión arterial mayoritariamente se medía de forma manual así que era competencia exclusiva de las enfermeras y no se podía delegar, por ejemplo). Saludos!

      Responder
      • Hola, en un hospital público los drenajes, los tcaes somos los encargados de realizar el recuento y quieren que nos ocupemos de estomas recién hechos. Sabemos que no es nuestra competencia pero tenemos que documentar lo para que no lo apliquen y dar una respuesta lógica a esto.

        Responder
        • Es tan sencillo como elaborar un escrito relatando estas cuestiones, firmarlo por todos los compañeros TCAE afectados del Servicio y presentarlo en la Dirección de Enfermería del Hospital, solicitando copia con registro de entrada. La Dirección se pondrá en contacto con vosotros para aclararlo.

          Responder
  8. hola soy una tcae en urgencias, mis funciones de auxiliar las cumplo y no voy mas alla de lo que la enfermera me demanda, depende con que equipo toca trabajar te hacen sentir parte de él a cambio depende con quien trabajas te trata como su criada creo que a las enfermeras se les esta haciendo una buena educacion y formación pero estan careciendo de valores y trato humano hacia sus compañeras de trabajo en cuanto al sector medico lo mismo hay algunos que te tratan con sumo respeto que es el 10% y el otro tanto hasta te grita y da igual quien este presente creo que como parte de un equipo no me siento como dentro de ese circulo mis compañeros con mas estudios se encargan de poner una barrera y de definir que tu eres la que le tiene que recoger u organizar sus desechos que genera en su trabajo creo que somos un grupo que estamos para la atencion del paciente y no para ser la criada y aguantar gritos de nadie creo que no se nos valora , encuentras por los pasillos a medicos y ni te devuelven el saludo ni saben que las limpiadoras existen somos invisibles para ellos amo mi profesion pero a veces con estos tratos llego a casa que lo dejaria todo, en cambio cuando me tratan como un equipo me siento orgullosa de lo hago, es simplemente este escrito un desahogo de lo mi dia a dia cambia dependiendo de como me tratan mis compañeros, como dijo una no salvamos vidas pero las hacemos mas llevadera la estancia con el buen trato (que eso nunca falte, la sonrisa al paciente que no tienen la culpa de la mala educación de los demas).

    Responder
  9. Trabajo en un hospital privado relativamente pequeño en el que la cama del médico de urgencias y del de la UCI están en la misma planta que los enfermos,es decir, ocupan habitaciones contiguas a ellos. Tenemos un conflicto con las auxiliares porque ellas se niegan a hacer esas camas de los médicos. ¿ De quién sería esa tarea? ¿Está especificado en algún sitio?
    Muchas gracias.

    Responder
    • Realmente no está especificado en ningún sitio a quién le corresponde esta tarea. En mi opinión personal deberían ser los propios médicos que usan esas camas quien deberían hacerlas ya que tienen 2 brazos y manos igual que el resto de mortales. En ningún caso es tarea del TCAE hacerlo ya que éstos sólo tienen como función hacer las camas de los pacientes o usuarios. Si el hospital otorga está función al personal de limpieza ya es un tema organizativo que depende de la gestión o dirección del centro. Saludos!

      Responder
    • María Estela, es una pregunta muy difícil de responder. Cada balneario es diferente, y las funciones pueden diferir entre ellos, por los servicios que ofrezca y las instalaciones en sí. Lo ideal es que en el momento de firmar el contrato te den un listado de tus funciones, para que quede todo muy claro. Debe quedar perfectamente especificado todo lo que vas a tener que hacer. Si no queda por escrito te puedes convertir en una «chica para todo».

      Responder
  10. Hola! En Navarra no me dejan publicitarme (ni me autorizan) como TCAE a domicilio por considerar que este trabajo es una tarea doméstica (y no sanitaria) si quiero hacerlo por mi cuenta, en cuyo caso más bien debo ser contratada por cuenta ajena. Según esto sólo puedo ser autónomo si dependo de una enfermera o un médico para dar este servicio. Es esto correcto y común?

    Responder
    • Te recomendamos que te informes debidamente en la AEAT (Agencia Española de Administración Tributaria) y en la TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social).

      Responder
  11. En ningún caso,los estatutos de los TCAE,especifica que la movilización de pacientes corresponda a las auxiliares conjuntamente con el celador.
    Ya los mismo estatutos de profesionales sanitarios o no sanitarios,contemplan la figura del celador para esas tareas.
    La colaboración del auxiliar es por costumbre,y ya se ha creado la idea, que el auxiliar puede suplir a el otro celador que tendría que hacer la movilización con otro compañero celador.
    es costumbre y no esta en los estatutos.
    Tampoco corresponde al auxiliar técnicas invasivas como poner enemas con sonda rectal,a lo sumo podemos poner enemas como el cassen.
    Los enfermeros nunca deben delegar funciones especificas de enfermería.

    Responder
    • Las movilizaciones de los pacientes es competencia y función de fisioterapeutas y enfermeras ( y éstas pueden delegar en los TCAE para realizar dicha tarea). Los celadores deben colaborar con los anteriores profesionales si es necesario. En cuanto a la delegación de funciones o tareas de competencia exclusiva de las enfermeras está claro que no se pueden delegar y la enfermera que lo hace está realizando un acto ilegal y de mala praxis ( y la TCAE también por aceptar hacerlo). En cualquier caso si surge algún problema o complicación la responsabilidad legal de esa tarea es y será siempre de la enfermera. Saludos!

      Responder
  12. Buenos días: En consultas externas de médicos especialistas, ¿a quién le corresponde estar junto al médico para las funciones de llamar a los pacientes, pasarle las hojas de interconsulta o las q necesite, ayudar a los enfermos a desvestirse, etc, pasarle al médico el material q necesite…? A la enfermera o a la auxiliar? O a la enfermera especialista si la hubiera? Gracias.

    Responder
    • Dependiendo del puesto de trabajo, tanto la enfermera como la auxiliar pueden realizar estas funciones, sin llegar a las situaciones absurdas que vemos a veces, en las que no hay necesidad de que el médico deba tener a una persona al lado para acercarle un volante que se encuentra a un metro de distancia. No debemos olvidar que los médicos también tienen brazos y piernas.

      Responder
  13. buenos dias,en mi hospital publico se ha ido el peluquero de vacaciones y no lo sustituyen ,el es la persona que rasura a las personas que van a quirofano ,pero al no estar la cabeza pensante a decidido que lo realicen las TCAE segun estatuto he leido que la TCAE realiza esa funcion colaborando con el personal de enfermeria en las pacientes femeninas y el celador en el paciente masculino ,me podeis decir si en algun hospital lo realiza la TCAE ?

    Gracias.

    Responder
  14. Hola, en un hospital (España), cuando el paciente regresa a su habitación desde el quirófano, ¿quién debe encargarse de verificar la toma de oxígeno y el sistema de aspiración esté limpio y conectado, el TCAE o el enfermero?
    Gracias.

    Responder
    • La verificación del buen funcionamiento de las tomas de oxígeno y de vacío y demás aparataje es competencia de la enfermera aunque es una tarea que suele delegarse y realiza el TCAE. En cualquier caso, ante cualquier problema o complicación la responsabilidad es de la enfermera. Por eso dicha verificación debe realizarse antes del ingreso del paciente y por supuesto cuando vayamos a utilizarlos. Saludos!

      Responder
  15. A quien corresponde aplicar la electroterapia en rehabilitación ??? ( radar, ultrasonidos, interferenciales, onda corta ………)
    En España y Sanidad Pública
    Muchas gracias

    Responder
    • A los fisioterapeutas y enfermeros. Es frecuente que las auxiliares y TCAE colaboren en la aplicación de determinadas terapias en Rehabilitación, cuando así lo requieren las elevadas cargas de trabajo del departamento.

      Responder
    • La electroterapia es una técnica exclusiva de fisioterapeutas y enfermeras que se realiza bajo prescripción del médico rehabilitador. Así que por ley no puede ser delegada a otros profesionales. Y mucho menos para aliviar cargas de trabajo. Saludos!

      Responder
  16. Hola,
    En atención primaria, el recuento de sábanas.a quien corresponde?.
    2-
    Llevar los residuos que traen los pacientes de su casa(agujas de insulina)al cuarto de residuos.
    A quién corresponde?

    Responder
    • Dependiendo de centros, estas tareas las llevan a cabo diferentes categorías profesionales. El recuento de sábanas puede hacerlo la auxiliar, el celador e incluso el personal de limpieza en algunos centros. Lo mismo ocurre con el traslado de residuos al cuarto de residuos.

      Hasta el personal administrativo que está en el mostrador de citas se suele encargar de esta última tarea, aunque no es su obligación, porque el cuarto de resíduos puede estar situado muy cerca del mostrador en algunos centros pequeños.

      Responder
    • El tema de la limpieza de equipamiento hospitalario siempre suscita controversias. La limpieza es una tarea que suele ser compartida, por lo que establecer líneas divisorias estrictas no es adecuado. Dentro de cada centro hospitalario existen protocolos establecidos que se han consensuado según las necesidades y características de las diferentes unidades de hospitalización. En caso de controversia es conveniente realizar una solicitud de información por escrito a la Dirección del centro, para que sea ésta la que decida a quien corresponde una determinada función o tarea sobre la que existe problemática.

      Responder
    • Si de verdad tiene cuatro manos puede hacerlo, pero debería tener los brazos muy largos. Bromas aparte, sabemos que hay consultas que se ahorran personal hasta límites insostenibles. Si es en la pública se puede solucionar. En la privada muchas veces hay que tragar, aunque por supuesto no estamos de acuerdo.

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    • Por ley un TCAE no puede realizar ninguna técnica de aspiración y según el artículo 85 del Estatuto dichos profesionales tienen prohibido asistir de forma directa a los médicos en consultas (si pueden por ejemplo manejar documentos o ir llamando a los pacientes para que pasen a la consulta). Saludos!

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  17. Hola, trabajo en un centro de privado de diálisis en España, ahora a una cabeza pensante se le ha ocurrido que tenemos que hacer bocadillos para los pacientes. En el BOE habla de la distribución con lo que estoy conforme evidentemente, no de la preparación.
    ¿Pueden exigirnos la preparación de bocadillos?

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    • Nos consta que la preparación de bocadillos constituye una de la actividades realizadas por Auxiliares de Enfermería en centros privados. Ya sabemos que en la mayoría de centros se pide «más de la cuenta» a los profesionales. También sabemos que hay centros privados que están utilizando a las Auxiliares, ejerciendo labores que únicamente corresponden a las Enfermeras, como las propias de la Diálisis. En cuanto a si pueden exigir, o no, te encontrarás en el dilema de siempre: si no quieres hacerlo tú habrá otra persona esperando para ocupar tu puesto. Los bocadillos deberían venir preparados desde el exterior, por ejemplo desde un servicio de catering, o desde la cafetería del centro, en caso de que exista.

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    • Poner y retirar cuñas y/o botellas es tarea del TCAE, así como la limpieza de dichos utensilios después de cada uso. Sólo cuando el paciente se va de alta o abandona la habitación, la limpieza de estos utensilios corresponde al personal de limpieza. Saludos!

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  18. hola muy buenas compañeros, me gustaría saber a que equipo le pertenece la función de etiquetado de tubos de analítica, quien debe escoger los tubos y su etiquetado, según el pedido del médico en el volante

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    • No existe ninguna norma al respecto. Dependiendo del Centro de Salud lo hace la Auxiliar el día antes de la extracción, o es la enfermera quien elige los tubos y pone las etiquetas en el momento mismo de la extracción, para lo cual el paciente lleva el volante con las pegatinas, que han preparado las Auxiliares. En cualquier caso, la responsabilidad última de escoger bien los tubos siempre corresponde a los enfermeros, que son los que llevan a cabo la extracción.

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    • Administrar medicación y nutrición enteral por SNG o PEG es función y competencia exclusiva de las enfermeras ya que son técnicas que requieren de instrumentalización (jeringa de alimentación, equipo de NE por gravedad o bomba de perfusión). Así que estas técnicas no son delegables a los TCAE. Sólo la medicación que se administra vía oral puede ser administrada por TCAE por delegación de la enfermera y bajo su responsabilidad. Otra cosa es que en muchos centros sanitarios o no sanitarios se «obligue» a estos profesionales a realizar estas técnicas, incurriendo así en un acto ilegal. Saludos!

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  19. Hola buenas noches solo comentar a tod@s los compañer@s TCAE que podemos hacer todo lo que sean Tecnicas. Y como técnicas invasivas no podemos hacer ninguna referidas a : parenteral, vía central y vía periférica si que podemos poner todo lo que es insulina, e intradérmica además de todo lo que es oxígeno terapia y como dije antes curas no invasivas también lo podemos hacer ya que son Técnicas y todo lo que sea una Técnica es competencia del TCAE y todo lo que son constantes vitales también por si alguien tiene alguna duda. Saludos a tod@s

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    • Héctor, la administración de medicación vía subcutánea e intradérmica se consideran vía parenteral, y no son competencia de los TCAE, al menos en España.

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      • Según sentencia del Tribunal Supremo, sala de lo social, del 12 de julio de 2010, Recurso num. CASACION712772009 Fallo que «En ausencia de personal de enfermería, los auxiliares y/o gerocultores de residencias de personas en situación de dependencia, podrán hacer la prueba de glucosa, utilizar la vía subcutánea para administrar insulina y heparina a las personas usuarias, siempre que la dosis y el seguimiento del tto. se realice por personal médico o de enfermería»

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    • En España la administración de medicación y otros productos sanitarios prescritos por los médicos es competencia de las enfermeras. Por ley un TCAE puede administrar medicación oral o enemas de limpieza (que no requieren uso de sonda rectal). Las demás vías de administración no son delegables. Así si una enfermera te pide que pongas una nebulización o una insulina tú cómo TCAE te puedes negar, y sí aceptas hacerlo debes saber que la responsable legal en caso que pase algo es ella. Saludos!

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    • Tanto las auxiliares como los celadores se encargan del afeitado del paciente, en ausencia del peluquero. Deberías especificar si te refieres al afeitado de la cara o al rasurado de otra zona del cuerpo, por ejemplo: el rasurado previo a una intervención quirúrgica.

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  20. Hola, mi duda es en base a la administración de medicación vía tópica a la que no hace referencia la orden ministerial ni como función ni como prohibición pues en este último caso habla concretamente de la vía parenteral. Me refiero por vía tópica: cremas, aceites hiperoxigenados, colirios vía oftálmica o en los oídos,…
    Gracias

    Responder
    • Que sepamos, no existe, como bien dices, referencia clara al respecto. Desde luego no hay prohibición. Aunque, claro está, habría que distinguir casos y casos, ya que la aplicación de una medicación vía tópica puede ser sobre una herida, con lo cual debería ser función de la enfermera.

      Responder
    • La única medicación autorizada que puede administrar un TCAE por ley es la medicación por vía oral y enemas de limpieza (que no requieren uso de sonda rectal). Las demás vías son competencia exclusiva de las enfermeras. La prohibición expresa de la vía parenteral (endovenosa, intramuscular y subcutánea) es porque se considera una falta muy grave. Saludos!

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  21. tengo varias dudas, en una uci tiene que montar las bipap , cerrar los cubos bio y sacarlos fuera del servicio para que los de limpieza se lo lleven, cada día los servicios de limpieza intentan darte su faena, y en los quirofanitos para poner marcapasos y pics si esta el medico quien ayuda, de quien es la responsabilidad del apartase tanto respiradores de transporte y desfibriladores, la limpieza de la boca en incubados cambio de vendas, muchas veces los ata nos mandan movilizar enfermos por falta de fisio en fin de semana. gracias

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  22. Hola, estoy trabajando en una clinica dental como auxiliar se enfermería y a parte de las funciones que me competen hago también limpiezas bucales, eso lo puedo hacer siendo auxiliar de enfermería?

    Responder
    • Si tu pregunta es si debes hacerlo, dependerá de las condiciones de tu contrato con la clínica, donde se estipulan tus funciones a desempeñar en tu puesto de trabajo. En el sector privado existe una enorme variabilidad, y se diluyen ciertas funciones que están muy bien delimitadas en el sector público.
      Por ejemplo, conocemos clínicas donde las limpiezas dentales las llevan a cabo higienistas, auxiliares, enfermeras, estudiantes de odontología, e incluso odontólogos.

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  23. Hola, soy auxiliar de enfermería, trabajo en Andalucía en urgencias
    Hay muchas compañeras antiguas que sacan medicamentos de la máquina e incluso la cargan
    Yo no tengo conocimientos de fármacos y en todas las comunidades donde he trabajado nunca los he tenido que tocar pero aquí me exigen que la saque
    Puedo negarme?

    Responder
    • No pueden exigírtelo. Habla con la supervisora o supervisor del servicio de urgencias y explícale la situación. Si es necesario pídele que te conteste por escrito. Con dicho escrito puedes acudir a un sindicato, para que te asesoren al respecto.

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  24. Me parece que dejáis las respuestas muy abiertas.
    En cuanto hay algo que no se sabe bien siempre se tira de la colaboración.
    Habrá momentos que sean urgentes y habrá que hacer lo que sea. Pero otros en los que no.
    Tengo 2 preguntas:
    En que momento la enfermera puede delegar y como lo justifica?, porque una cosa es delegar por exceso de carga de trabajo y otra por pereza.
    Y quién debe cambiar la bolsa de colostomía???, ya que yo lo considero herida quirúrgica, vísceras al aire, además que la piel no está íntegra y tampoco deberíamos manipularla.
    Espero respuesta ya que me interesa mucho. Si puede ser apoyado por evidencia científica o leyes mejor .
    Gracias. Un saludo.

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    • Hay que comprender que en ocasiones no podemos ser taxativos en las respuestas, porque no existe normativa al respecto, o la que hay es demasiado generalista, y no entra al detalle. A veces las preguntas se plantéan de una forma que es imposible contestarlas sin un «depende». No son cuestiones que permitan contestaciones matemáticas o salomónicas.
      ¿En qué momento la enfermera puede delegar y cómo lo justifica?. Siempre que lo que delegue no exceda las competencias profesionales que posee la persona en la que ha delegado. ¿Quién determina si la carga de trabajo que tiene la enfermera le impide llevar a cabo la tarea que está delegando?. A ver si alguna ley o evidencia científica puede contestar esta pregunta.
      ¿Qué escala mide la pereza?. Que sepamos, no existe.
      En cuanto al cambio de la bolsa de colostomía la respuesta está clara: siempre la debe cambiar la enfermera. Otra cosa es que la auxiliar, por su propia iniciativa y con la autorización de la enfermera, realice el cambio de la citada bolsa. Pero, en ningún caso está obligada a hacerlo.

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  25. Hola:
    Obviamente no esta todo escrito y a veces hay que tirar del sentido común.
    De todas formas, en las respuestas que se han dado en post anteriores si que me da la sensación de que la respuesta para cuestiones parecidas es: » a veces si, a veces no», quizá sea impresión mía.
    En cuanto a lo de delegar, como sé yo cual es mi límite en mis competencias profesionales o si una técnica excede de mis competencias??
    Cuando me refiero a carga de trabajo o pereza hablo de que se delegue algo para seguir sentada, no se si me explico, ni que decir tiene que cuando un compañero tiene mucho trabajo hay que ayudarle, por supuesto!!, pero cuando se delega para que se esté sentado otro, me quedo sentado yo…. Espero que se me entienda.
    Y lo de la bolsa de colostomía es como yo pensaba, podrías respaldarlo con algún artículo, publicación o evidencia científica??, me interesa mucho el tema.
    Gracias. Un saludo.

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    • Si tienes dudas acerca de tus competencias profesionales te recomendamos que consultes con un sindicato, ya que una de sus principales funciones consiste en asesorar en este tipo de cuestiones. El tema de las bolsas de colostomía no necesita ningún respaldo. Es una competencia que corresponde a la enfermera. Si se te plantéa algún conflicto con ese tema en tu Servicio, simplemente háblalo con tu supervisora para que se lo comente a la enfermera que pretende que lo hagas tu. Si se producen discrepancias, solicita que te lo ordene por escrito.

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  26. Efectivamente estamos en conflicto con el tema de las bolsas de colostomía y hemos pedido al supervisor que nos lo de por escrito. Además que las enfermeras lo han decidido de forma unilateral pasando por encima de nuestro gremio sin contar con nosotros y no nos parece bien.
    Gracias.

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    • Cualquiera de los dos puede hacer entrega del fármaco al paciente. Lo importante es cumplir escrupulosamente con los protocolos de registro.

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  27. Después de leer todos los comentarios y respuestas, es evidente de que no hay una regulación clara en las funciones del TCAE, esto implica un alto índice de confusión laboral que nos pone en clara desventajas con respecto al personal de enfermería, dando lugar a delegar según criterio personal y no siempre profesional, aunque hay unas bases claramente diferenciadas pero que no suficientemente concretadas. Aunque en caso de conflicto se nos aconseja a acudir al sindicato, mi pregunta sería….¿ cómo nos puede resolver un problema concreto de funciones un sindicato sin una regulación específica ?

    Creo que sería aconsejable a la vez de necesario que se tomaran las medidas oportunas por parte del ente competente para crear la regulación que precisa este colectivo para el desarrollo y garantía de sus funciones, las cuales en esto momentos reflejan un claro y evidente vacío legal.

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    • Delimitar las funciones de los TCAE siempre ha generado controversia, ya que por la tipología de su trabajo, algunas veces se solapan con otras categorías profesionales, como enfermeras, celadores y limpiadoras.
      No obstante, hay que reconocer que, en ocasiones, las Auxiliares de Enfermería «delegan» también sus funciones en otros profesionales, bien sea en categorías superiores como inferiores.
      No es recomendable ir de víctimas, porque en los hospitales, clínicas y centros de salud vemos de todo. Las TCAE no siempre salen «perdiendo», aunque es evidente que «el deporte de delegar» es muchas veces arbitrario en sus reglas, y casi siempre salen perjudicadas.

      Además, cada centro es de su padre y de su madre, y lo mismo ocurre con los diferentes servicios y departamentos. Hay una enorme disparidad en los criterios. Lo que en un sitio se da por hecho resultaría impensable dos pisos más abajo en el mismo hospital.

      Los sindicatos, ni mucho menos son la solución ni la panacea para resolver estos conflictos de delimitación de competencias. Pero, en ocasiones, actúan como mediadores para resolver estas disputas, o para llamar la atención de la Dirección de Enfermería, que debe pronunciarse con autoridad ante situaciones que son injustas o incluso ilegales, y que ocurren con demasiada frecuencia.

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  28. El respirador de un paciente con. Infección respiratoria, en un quirófano,el el montaje y desmontaje para su esterilización corresponde a la auxiliar? Y su comprobación? Sería responsabilidad de la enfermera, verdad?, al menos la comprobación?
    La auxiliar en un quirófano, al igual que en UCI, debe de cobrar algún plus por ser departamentos especializados? O depende del centro?
    Trabajo en Navarra.
    Muchas gracias.

    Responder
    • Es una tarea habitualmente compartida, aunque en todos los casos es responsabilidad de la enfermera la comprobación. En cuanto al plus por trabajar en departamentos especializados no se suele cobrar en casi ningún sitio; ni auxiliares ni enfermeras.

      Responder
  29. Hola buenos días, tengo una duda sobre una práctica cada vez más frecuente entre las enfermeras. Tenemos q ser nosotras las auxiliares quienes recogan todo lo q dejan ellas por las encimeras de los cuartos de medicación?. Yo creo q nosotras estamos para reponer en general y lavar las bateas q ellas dejan en el fregadero, pero no para ir recogiendo todo lo q dejan por ahí. He trabajado con supervisoras q nos obligan a nosotras a hacerlo y al final somos sus criadas y cada vez más. Necesito q se aclare esto pq yo creo q no estudie para ser criada de nadie

    Responder
    • No podemos juzgar a todas las enfermeras generalizando. De hecho, las enfermeras muchas veces cooperan con los TCAE, e incluso llevan a cabo funciones que no les corresponden, para colaborar con las Auxiliares.

      Por otra parte, la responsabilidad de recoger la basura que se ha generado al preparar la medicación es de la persona que la ha preparado, por puro sentido común, por higiene, y para evitar posibles accidentes producidos por los resíduos que quedan en las superficies de trabajo.

      Responder
  30. Trabajo en un centro asistencial como auxiliar, y desde dirección nos quieren imponer la figura de auxiliar de referencia, que según ellos es por normativa. Se nos asignarían tareas propias de otros profesionales para favorecer el modelo de atención integral centrada en la persona. Más carga de trabajo y responsabilidad que no creemos que esté dentro de nuestras funciones. Mi pregunta es: Nos lo pueden imponer? Y qué podemos alegar para poder pararlo?

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  31. Hola, trabajo en el servicio de fisioterapia como Tcae, el centro está, a considerada distancia del centro de salud de referencia por falta de espacio, el celador está en el centro de salud y no va nunca a fisioterapia, teniendo pacientes que vienen de especializada, algunos en ambulancia, mi pregunta es : A quien corresponde salir de fisio para ir al centro de salud para ver y recoger lo que llega por valija con destino a mi servicio,, documentos, historias, informes, etc o para llevar estadísticas, pedir material, mandar las altas a sus correspondientes médicos, hacer fotocopias …., porque los conductores tampoco acercan los envíos de todo tipo para el servicio, lo dejan en el centro de salud, al final haces de Tcae, de administrativa, de celador y si me apuras de conductor si al final llevas el coche dada la distancia entre centros

    Responder
  32. En mi hospital concretamente en una Uvi.
    Por parte de la supervisión nos han quitado una tarea que llevamos haciendo durante 20 años (que yo pueda confirmar)
    Alegan que no es función de la Aux.
    Dar medicación vía oral y enteral.
    Por SNG.

    Es esto cierto?
    No es función nuestra?
    Las Aux y mayoría de las enfermeras no estamos de acuerdo. Pero no podemos hacer nada.

    Responder
    • Efectivamente. Dar medicación por vía enteral o SNG es competencia exclusiva de las enfermeras, no es delegable. La administración de medicación por vía oral es función de los TCAE delegada por la enfermera encargada del paciente, no es función propia del TCAE. De hecho los TCAE no tienen funciones propias. Todas las tareas o funciones que realizan los TCAE por ley son funciones propias de las enfermeras que estas delegan en el «personal auxiliar». Saludos!

      Responder
    • En principio siempre es función de la enfermera. En ocasiones, debido a que más de un paciente finaliza la diálisis simultáneamente y es necesaria la supervisión de la compresión por algún motivo puntual, la enfermera puede delegar la compresión en la auxiliar, mientras procede a la desconexión de otro paciente.

      Responder
  33. Buenas muchas gracias por la aclaracion anterior, me surge otra duda ..Cual es el ratio de las auxiliares en cuanto a pacientes . Gracias de antemano.

    Responder
  34. TRabajo en un centro de personas con incapacidad. Ha llegado un nuevo usuario y nos obligan a vigilarlo las 24 horas a pie de cama, “ mirándolo a la cara”. Lleva oxígeno terapia y Bipap. Nos crea mucho estrés, sobretodo en el turno de noche, pues nos responsabilizarían en el caso de algún fallo.

    Responder
  35. Hola a tod@s.
    En mi hospital público de Andalucía, los TCAE del área de urgencias, colocamos el almacén que nos traen desde la plataforma.
    ¿Quién tiene que descargar dicho material, el Celador o las TCAE?
    Teniendo en cuenta que hoy hay casi más celadoras que celadores y con lo que está cayendo sobre igualdad, sobre pesos, alturas etc…

    Responder
  36. Buenas tardes, en mi centro se exige al auxiliar de enfermería limpiar las estanterías del almacén, donde se coloca el pedido de todo el centro.
    ¿Es esta una función del auxiliar o es del personal de limpieza? Gracias

    Responder
  37. buenas noches¡
    me gustaría saber si algunas de las funciones que nos han impuesto recientemente son nuestras o no.es un hospital pequeño (hospital privado principal clientes es ICS ,muy pequeño el cual el TCAE de urgencias hace de TCAE\celador.
    1º esterilizar en el autoclave con sus protocolos etc… en fin de semana ya que no hay.
    2º bajar las bateas de comida a urg. ya que las de cocina se niegan a bajarlas .
    espero respuesta gracias.

    Responder
    • Esterilizar en el autoclave es función del TCAE.
      Llevarle las bateas de comida a los pacientes es función del TCAE, pero previamente el personal de cocina debe proporcionárselas al personal Auxiliar de Enfermería, trasladándolas desde las dependencias de la cocina.

      Responder
  38. Una empresa en la que hay un servicio de urgencias antes de mandar al paciente a la mutua, puede ser una auxiliar la que esté en ese puesto? Es decir si podemos administrar medicamentos vía oral bajo la aprobación del paciente y tomar las constantes, podemos valorar mandarle a la mutua y poder hacer ese trabajo?

    Responder
  39. Buenas tardes.
    Trabajo en un Hospital Comarcal público. Y a las auxiliares de consultas externas nos hacen estar en extracciones no solo ayudando a las enfermeras, sino que nos hacen transportar las muestras de sangre al laboratorio. De quién es competencia transportar las muestras del celador o de la auxiliar?

    Responder
    • Hola, trabajo en una residencia de disminuidos psíquicos profundos en el turno de noche….desde hace un mes nos han quitado la enfermera de noche , que es la q administraba la medicación oral a los pacientes….ahora esta tarea nos la quieren pasar a nosotros…mucha medicación es tipo antipsicotica y tranquilizantes…..toda la medicación ya está preparada en blisters…mi pregunta es si nosotros podemos administrar esa medicación sin la presencia de un enfermero en el centro…gracias

      Responder
  40. Cómo se hace la entrega de las bandejas de comidas en otros hospitales públicos? En el nuestro quieren q las demos nosotros y las recojamos nosotros. Es así?

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    • Es correcto. Las pinches de cocina no tienen obligación de entrar en las habitaciones donde están los pacientes. Son las auxiliares de Enfermería las que tienen que entregar las bandejas y recogerlas posteriormente.

      Responder
  41. Buenas tardes
    Querría saber si es de nuestra competencia el sondar uretral intermitente a domicilio, hasta ahora lo hacía la propia señora, pero ha dicho que a partir de ahora no lo quiere hacer y la empresa en la que trabajo como auxiliar de enfermería me ha comentado que lo tendré que hacer yo, por eso querría saber si lo puedo hacer o no, yo estaría de acuerdo ya que se hacerlo, pero no se si es legal o no. Te agradecería que me lo comentes. Un saludo

    Responder
  42. Trabajo en un centro de salud de auxiliar la responsable nos obliga hacer cosas que yo pienso que no son nuestras comprobar todos las caducidades de los medicamentos, pedir oxígeno. Estamos fatal porque nos sentimos acosadas por esta Sra todo el tiempo porque nos está siempre riñendo

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  43. Alguien me podria contestar si un TASS puede trabajar de forma autónoma en una institución???
    y cual seria el protocolo de actuación, en una residencia de ancianos, en cuanto a quien dirigirse si surge algún problema en planta con un usuario??

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    • Pregunta la normativa en tu comunidad autónoma. En Cataluña por ejemplo el personal de atención directa de las residencias debe ser siempre personal contratado por la empresa.

      Responder
  44. Muy buenas, llevo trabajando como técnico auxiliar sanitario, eso pone en mi titulación que es un FPI (dos años), y lo que es ahora Auxiliar de Enfermería o Técnico en Cuidados Auxiliar de Enfermería, el tema es que llevo 25 años trabajando con interés y dedicación porque me gusta mi profesión y me siento totalmente perdida porque no sé si soy sirvienta, chacha, de mantenimiento, celadora, el comodín del centro…..explotada totalmente.
    Me gustaría que de una vez por todas aclararan lo que son nuestras funciones como técnico auxiliar sanitario que es lo que somos, los cabos bien atados sin dejar las funciones en el aire para que se aprovechen de esas ambigüedades y estar siempre en el ojo del huracán. Ya está bien de tanto abuso.

    Responder
      • Gerocultor/a:

        Es el personal que, bajo la dependencia de la dirección del centro o persona que se
        determine, tiene como función principal la de asistir y cuidar a las personas usuarias
        en las actividades de la vida diaria que no puedan realizar por sí mismos y efectuar
        aquellas realizaciones profesionales encaminadas a su atención personal y de su
        entorno.

        «En ausencia del enfermero podrá hacer la prueba de glucosa, utilizar la vía
        subcutánea para administrar insulina y heparina a los usuarios, siempre que la dosis
        y el seguimiento del tratamiento se realice por personal médico o de enfermería.»

        Responder
        • Exacto. Es lo que pone en las funciones de los gerocultores en el convenio colectivo. Y no sé si es más grave la frase «en ausencia del enfermero» o que gente con una formación de 400 horas pueda administrar medicación subcutánea, y en cambio, profesionales sanitarios con un grado medio de 1400 horas no puedan hacerlo en centros sanitarios. Realmente no sé qué tienen los jueces en la cabeza…

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  45. Hola !!
    Soy AUXILIAR DE CLINICA EN UNA CONSULTA DENTAL
    Nosotras podemos trabajar en boca ? Es decir, tomar registros, quitar puntos, cementar coronas, apretar coronas sobre implantes,……..?

    Responder
  46. me gustaría saber,quien debe cambiar las bolsas de lavado contínuo en sala. Siempre tenemos conflictos con ello,ya que las enfermeras te lo mandan y yo creo que es responsabilidad de ellas controlar el ritmo que de be llevar,dependiendo del sangado del paciente.
    Otra pregunta seria , si el centro tiene peluquera con plaza en propiedad desde hace muchos años, porque ella rasura sólo a los hombres y nos obligan a las tcaes a rasurar a las mujeres? No es absurdo y discriminatorio? No va en contra de la ley de igualdad?.

    Responder
    • Es responsabilidad de las enfermeras supervisar el lavado continuo, pero una TCAE puede cambiar las bolsas de lavado sin entrar en conflicto con las funciones que le corresponden.

      La peluquera debería asumir sus funciones y rasurar a todos los pacientes, independientemente de su sexo.

      Responder
  47. Buenas.

    Una pregunta, en los servicios de urgencias quien es el responsable de vestir al paciente cuando este por edad o estado físico no pueda vestirse el solo ?

    Es valido que el paciente se vaya con un batin de hospital (desechable) , o debe irse vestido con la ropa q trajo, si la ropa no esta en mal estado (sangre, orina , rotura)

    Responder
    • Si el paciente no está acompañado por ningún familiar, los TCAE deben ayudarle a vestirse. En caso necesario, también los celadores deberán colaborar en esta tarea, por ejemplo en situaciones en las que haya problemas de movilidad reducida o peso corporal elevado del paciente.

      El paciente, salvo indicación en contra del médico o la enfermera, deberá irse vestido con la ropa que trajo.

      Responder
    • Cortar las uñas no tiene nada que ver con el grado de discapacidad o autonomía del paciente. Es una ABVD por lo que lo puede hacer una auxiliar perfectamente. La única excepción es en pacientes diabéticos o con anticoagulante ya que por el riesgo de hemorragia o heridas tiene que hacerlo una enfermera o un podólogo

      Responder
    • No te escaquees del trabajo…aunque moleste cortar uas como ya te han dicho es responsabilidad del auxiliar salvo pacientes anticogulados o diabéticos

      Responder
  48. El Real Decreto 546/1995 sigue vigente en España? Hay un apartado en referencia a las competencias de las TCAEs que dice que pueden administrar medicación rectal, oral y tópica incluyendo aerosoles.

    Gracias.

    Responder
    • Las funciones de los TCAE descritas en el real decreto que regula la titulación de TCAE entra en conflicto directo con las funciones descritas en el estatuto Marco de la seguridad social redactado en 1973 y que aún siguen vigentes, en mi humilde opinión de un modo erróneo y arcaico. Es decir, en España hay dos normativas diferentes para regular las funciones de dichos profesionales. Por eso, en el 2020 estamos aún sin saber al 100% de seguridad cuáles son esas funciones y por eso este hilo con infinidad de dudas sobre el tema.

      Responder

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